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El defensor penal público S.I.C.G. dedujo acción constitucional de amparo en favor de l…

Sentencia · Corte de Apelaciones · 2026

Resumen

El defensor penal público S.I.C.G. dedujo acción constitucional de amparo en favor de la imputada doña ----- contra la resolución del Juez de Garantía de Talca de 28 de enero de 2026, que decretó su detención por 30 días en la causa, seguida por el delito de estafa. La imputada no asistió a la audiencia de formalización programada, y su defensa justificó la inasistencia con un certificado médico de 25 de enero de 2026 que indica un cuadro depresivo mixto, ideación suicida, crisis de pánico y reposo domiciliario por 30 días. Pese a ello, el juez, a petición de la Fiscalía y el querellante, ordenó la detención por comparecencia demorada o dificultada. La Corte estimó que la orden no constituye un acto ilegal o arbitrario, pues fue dictada por autoridad competente y con fundamento en el artículo 127 del Código Procesal Penal. Se tuvo en cuenta que la causa presenta tres audiencias de formalización infructuosas y múltiples intentos de notificación sin éxito. Se rechazó la acción de amparo y se confirmó la orden de detención.

Normas citadas

  • Código Procesal Penal
  • Artículo 127 del Código Procesal Penal
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