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Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Osorno, ordenando la en…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Osorno, ordenando la entrega de distintos antecedentes asociados a recepciones provisorias y definitivas de obras, respuestas a contratistas, comprobantes de pago y órdenes de compra. Lo anterior, por cuanto, se desestima la verificación de la causal de reserva o secreto de distracción indebida, al no haberse justificado ni acreditado una expectativa razonable de daño o afectación, presente o probable y con suficiente especificidad, al cumplimiento de las funciones del organismo, para justificar la reserva, manifestando la Municipalidad sólo estimaciones genéricas e imprecisas. Se tiene presente que la falta de disponibilidad de personal especializado y una deficiente gestión documental no pueden constituirse por sí solas en un obstáculo que impida el ejercicio del derecho de acceso a la información. Igualmente, se desestima la verificación de la hipótesis especial de entrega de la información del artículo 15 de la Ley de Transparencia, toda vez que, el municipio se ha limitado a señalar que parte de lo pedido se encontraría disponible en la web de Mercado Público, sin proporcionar dato alguno que permita al solicitante conocer de manera precisa la fuente, el lugar y la forma en que podría tener acceso. Previo a la entrega, se deberán tarjar los datos personales de contexto que pudieran contener los documentos requeridos, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia. Se concede al organismo un plazo extraordinario de 25 días hábiles contados desde que la presente decisión quede ejecutoriada para la entrega de la información.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.