No procedería considerar para el cálculo de incentivo de producción, de cláusula vigési…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2005
Resumen
No procedería considerar para el cálculo de incentivo de producción, de cláusula vigésimo sexta de contrato colectivo de fecha 4 de junio del 2004, celebrado entre empresa Agrícola Industrial Lo Valledor AASA S.A. y el Sindicato de Trabajadores Nº 1 constituido en ella, un total de 55 trabajadores, sino 45, que corresponde al número fijado en la cláusula, atendido además que ha sido el utilizado en la aplicación práctica del contrato desde la fecha de su vigencia.
Normas citadas
Código Civil
Artículo 1564 del Código Civil
Artículo 1545 del Código Civil
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