Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si un trabajador que ya percibe pensión de retiro de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional puede volver a cotizar en ese régimen por sus nuevas labores en los Astilleros y Maestranzas de la Armada. El organismo concluyó que sí, pues la Ley N° 18.458, en su artículo 10, dispone que los pensionados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional siguen afectos a ese régimen si vuelven al servicio en instituciones, servicios, organismos y empresas dependientes del Ministerio de Defensa Nacional. Se consideró que el trabajador, pensionado desde 2006, ingresó a esos Astilleros en 2007, por lo que debe cotizar en dicha institución previsional. En consecuencia, ordenó a la Caja adoptar las medidas necesarias para regularizar su situación previsional.