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El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo por acceso a información…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo por acceso a información pública presentado en contra de la Agencia de Calidad de la Educación, debido a que la solicitud fue ingresada a través de la OIRS, canal no habilitado para requerimientos bajo la Ley de Transparencia. El Consejo concluyó que no se ejerció el derecho de acceso en los términos exigidos por la ley, por lo que no podía tener lugar una solicitud de amparo. Se indicó que el recurrente puede formular una nueva solicitud por los canales formales establecidos.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadEducación

Preguntas frecuentes

¿Es admisible un amparo por acceso a la información pública si la solicitud se presentó por la OIRS?

En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el amparo porque la solicitud se ingresó por la OIRS, un canal no habilitado para requerimientos bajo la Ley de Transparencia. Por lo tanto, no se ejerció el derecho de acceso en los términos exigidos y no podía haber amparo. El interesado puede presentar una nueva solicitud por los canales formales.

¿Qué pasa si una persona reclama ante el Consejo para la Transparencia sin haber formulado antes una solicitud válida de información?

En este caso, el Consejo sostuvo que sin una solicitud de acceso presentada en los términos que exige la ley no puede tener lugar un amparo, y declaró inadmisible el reclamo. Se indicó que el recurrente puede formular una nueva solicitud por los canales formales establecidos.

¿Puede un organismo público exigir que las solicitudes de información se hagan por canales específicos?

En este caso, el Consejo para la Transparencia consideró que la OIRS no es un canal habilitado para requerimientos bajo la Ley de Transparencia, por lo que la solicitud ingresada por ese medio no cumplió los requisitos legales. El Consejo recordó que el interesado puede volver a presentar su solicitud por los canales formales.

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