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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Fondo Nacional d…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Fondo Nacional de Salud (FONASA), que había sido requerido por copia de los convenios, contratos y acuerdos de cualquier tipo suscritos en la última década con la empresa Medtronic y sus filiales. El órgano había entregado información solo respecto de Medtronic, sin pronunciarse sobre las filiales ni sobre otros instrumentos distintos a los sujetos a compras públicas, y sin invocar causales de secreto o reserva ni alegar la inexistencia de la información. Por ello, el Consejo ordenó entregar la información faltante, y que, si ésta no obra en poder del órgano, así se comunique fundadamente al reclamante y al Consejo. El plazo de cumplimiento es de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede un órgano de la Administración del Estado responder solo parcialmente una solicitud de transparencia que pidió contratos con una empresa y sus filiales?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo porque FONASA entregó información solo sobre la empresa matriz, sin pronunciarse sobre las filiales ni sobre instrumentos distintos a los de compras públicas, y sin invocar causales de secreto o inexistencia. Ordenó entregar lo faltante o comunicar fundadamente que no obra en poder del órgano.

¿Cuál es el plazo para cumplir una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo fijó un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal. Si el órgano no tiene la información, debe comunicarlo fundadamente tanto al reclamante como al Consejo.

¿Qué recurso procede contra una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo de acceso a la información?

En este caso, el resumen indica que contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. No se detalla en el resumen el plazo ni el procedimiento de dicho reclamo.

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