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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo en contra del Fondo Nacional de Salud…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo en contra del Fondo Nacional de Salud (FONASA) por la negativa a entregar información estadística sobre el procedimiento de derivación de pacientes en tratamiento de diálisis a prestadores suscritos al Convenio Marco de Servicios de Diálisis, incluyendo la cantidad de pacientes afiliados con fístula arteriovenosa instalada, clasificados por centro de diálisis de origen. El órgano había alegado distracción indebida de sus funciones, argumento que el Consejo desestimó, considerando la naturaleza pública de la información, la función legal de FONASA de asegurar el acceso a las prestaciones de salud y que su publicidad permite un adecuado control social sobre el sistema de derivaciones y pagos a los prestadores. En consecuencia, se ordenó a FONASA entregar la información en el formato que obre en su poder, dentro de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, y acreditar su entrega ante el Consejo.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿Puede un organismo público negarse a entregar estadísticas sobre derivaciones de pacientes alegando que atender la solicitud distrae sus funciones?

En este caso, el Consejo para la Transparencia desestimó la alegación de distracción indebida de funciones de FONASA y acogió el amparo. Consideró la naturaleza pública de la información y que su publicidad permite un control social sobre el sistema de derivaciones y pagos a los prestadores.

¿Qué debe entregar FONASA cuando se trata de información sobre pacientes en diálisis derivados a prestadores del Convenio Marco?

En este caso, el Consejo ordenó a FONASA entregar la información estadística solicitada sobre la derivación de pacientes en diálisis, incluyendo la cantidad de pacientes con fístula arteriovenosa clasificados por centro de origen, en el formato que obre en su poder. Debe además acreditar su entrega ante el Consejo.

¿En qué plazo debe cumplir un organismo público una orden del Consejo para la Transparencia de entregar información?

En este caso, el Consejo ordenó a FONASA entregar la información dentro de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada. El organismo debe acreditar ante el Consejo que efectuó la entrega.

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