El Consejo para la Transparencia acoge el amparo presentado contra el Hospital de Puert…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022
Resumen
El Consejo para la Transparencia acoge el amparo presentado contra el Hospital de Puerto Montt y ordena la entrega de información sobre los casos de interrupción voluntaria del embarazo en tres causales conocidos por dicho recinto entre octubre de 2020 y diciembre de 2021, sin proporcionar datos personales de contexto de las pacientes, como cédula de identidad, domicilio o fecha de nacimiento, conforme a la ley de protección de la vida privada. Se trata de información pública cuya entrega no fue acreditada ni se justificó la reserva por afectación al funcionamiento del órgano. El hospital deberá acreditar la entrega efectiva ante el Consejo, bajo apercibimiento de multas y sanciones por incumplimiento.
Normas citadas
Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Las entidades públicas pueden negarse a entregar datos sensibles de pacientes al responder una solicitud de transparencia?
En este caso, el Consejo ordenó la entrega excluyendo datos personales de contexto de las pacientes, como cédula de identidad, domicilio o fecha de nacimiento, conforme a la ley de protección de la vida privada.
¿Qué ocurre si un organismo público no cumple una orden del Consejo para la Transparencia en un amparo?
En este caso, el Consejo dispuso que el hospital debe acreditar la entrega efectiva de la información, bajo apercibimiento de multas y sanciones por incumplimiento.
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