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La Contraloría General de la República determinó que no le corresponde recibir la copia…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República determinó que no le corresponde recibir la copia autorizada del mandato especial de administración de cartera de valores de un partido político, en este caso del Partido Socialista de Chile, remitiendo dicha copia al Servicio Electoral. Lo anterior, porque si bien la ley N° 20.880 sobre probidad en la función pública obliga a ciertas autoridades a otorgar ese mandato y a remitir copia a la Contraloría, esa obligación se refiere a autoridades de la Administración del Estado, no a partidos políticos. La fiscalización de los partidos políticos, incluyendo el cumplimiento de las normas sobre financiamiento y mandatos de administración de cartera, corresponde al Servicio Electoral en virtud de la Ley Orgánica Constitucional de Partidos Políticos (ley N° 18.603) y del decreto con fuerza de ley N° 4, de 2017, que regula su financiamiento y sanciones.

Normas citadas

  • Ley 20880 Tit/III
  • Dfl 4/2017 sepre
  • ley 18603 art/47 inc/final
  • Ley 20880 art/26
  • Ley 20880 art/27
  • Ley 20880 art/46 num/1
  • POL art/94 bis
  • Dfl 5/2017 sepre
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿A quién corresponde recibir la copia del mandato especial de administración de cartera de valores de un partido político en Chile?

En este caso, la Contraloría General de la República determinó que no le corresponde recibir esa copia y dispuso remitirla al Servicio Electoral, porque la obligación de la Ley 20.880 se refiere a autoridades de la Administración del Estado y no a partidos políticos.

¿La Ley 20.880 de probidad obliga a los partidos políticos a remitir a Contraloría sus mandatos de administración de cartera?

No, según este dictamen. Si bien la Ley 20.880 obliga a ciertas autoridades a otorgar ese mandato y a remitir copia a la Contraloría, esa obligación no alcanza a los partidos políticos, cuya fiscalización corresponde al Servicio Electoral.

¿Qué organismo fiscaliza el cumplimiento de las normas sobre financiamiento y mandatos de cartera de los partidos políticos?

En este caso, la Contraloría sostuvo que la fiscalización de los partidos políticos, incluido el cumplimiento de las normas sobre financiamiento y mandatos de administración de cartera, corresponde al Servicio Electoral, conforme a la Ley 18.603 y al DFL 4 de 2017.

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