La Contraloría General de la República se pronunció sobre la obligación de declarar int…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2019
Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la obligación de declarar intereses y patrimonio (DIP) en la Presidencia de la República, conforme a la ley N° 20.880. Resolvió que deben presentar dicha declaración los funcionarios directivos, profesionales y técnicos, de planta o a contrata, que ocupen un grado 8 o superior, incluyendo a los jefes de departamento, cuyo grado más bajo en esa entidad es el 8. También quedan obligados los contratados a honorarios que perciban regularmente una remuneración igual o superior al promedio mensual de la recibida anualmente por un funcionario de ese grado. El criterio se basa en la jurisprudencia administrativa previa y en la estructura de la planta de la Presidencia, fijada por el decreto ley N° 3.529 y el decreto con fuerza de ley N° 3, de 1990.
Normas citadas
Ley 20880 art/4 num/1
ley 20880 art/4 num/10
ley 20880 art/4 num/11
DL 3529/80 art/10
ley 18834 art/5
DFL 3/90 inter
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia
Preguntas frecuentes
¿Qué funcionarios de la Presidencia de la República están obligados a presentar la declaración de intereses y patrimonio según la ley 20.880?
En este caso, la Contraloría General de la República resolvió que deben presentarla los funcionarios directivos, profesionales y técnicos, de planta o a contrata, que ocupen un grado 8 o superior, incluidos los jefes de departamento, cuyo grado más bajo en esa entidad es el 8.
¿Los contratados a honorarios también deben presentar la declaración de intereses y patrimonio en la Presidencia?
Según este dictamen, sí, pero solo quienes perciban regularmente una remuneración igual o superior al promedio mensual de lo recibido anualmente por un funcionario de grado 8. La Contraloría fundó este criterio en su jurisprudencia previa y en la estructura de planta de la Presidencia.
¿Qué criterio usó la Contraloría para determinar a quiénes alcanza la obligación de declarar intereses y patrimonio en la Presidencia?
La Contraloría se basó en la jurisprudencia administrativa anterior y en la estructura de la planta de la Presidencia, fijada por el decreto ley N° 3.529 y el decreto con fuerza de ley N° 3, de 1990.
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