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La Contraloría General de la República determinó que la Secretaría Regional Ministerial…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República determinó que la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo no actuó conforme a derecho al certificar subdivisiones prediales en el Área de Preservación Ecológica del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, bajo el argumento de que la prohibición de subdivisión contenida en dicho plan no se ajustaba a la normativa reglamentaria vigente. El órgano contralor sostuvo que dicha prohibición fue dictada en su oportunidad con apego al artículo 60 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y que su vigencia no puede ser desconocida por una modificación reglamentaria posterior. En consecuencia, ordenó a la SEREMI adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la disposición del plan regulador, informando a la Unidad de Seguimiento de la Contraloría en un plazo de quince días.

Normas citadas

  • dfl 458/75 VIVIE art/60
  • dto 47/92 VIVIE art/2/1/17 inc/1
  • dto 47/92 VIVIE art/2/1/17 inc/3
  • dto 47/92 VIVIE art/2/1/17 inc/6
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Puede la SEREMI de Vivienda certificar subdivisiones prediales en un Á.P.E. si el plan regulador prohíbe la subdivisión?

No. En este caso, la Contraloría General de la República determinó que la SEREMI Metropolitana no actuó conforme a derecho al certificar subdivisiones en el Área de Preservación Ecológica del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, pues la prohibición del plan fue dictada conforme al artículo 60 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

¿Una modificación reglamentaria posterior deja sin efecto una prohibición de subdivisión contenida en un plan regulador?

No necesariamente. En este caso, la Contraloría sostuvo que la vigencia de la prohibición no puede ser desconocida por una modificación reglamentaria posterior, por lo que ordenó a la SEREMI cumplir la disposición del plan regulador.

¿Qué debe hacer la SEREMI de Vivienda cuando la Contraloría ordena cumplir una disposición de un plan regulador?

En este caso, la Contraloría ordenó a la SEREMI adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la disposición del plan regulador e informar a la Unidad de Seguimiento de la Contraloría en un plazo de quince días.

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