Resumen
El 23 de junio de 2025 la Corte de Apelaciones de Antofagasta resolvió un recurso de nulidad interpuesto por la empresa Codelco Chile División Radomiro Tomic contra la sentencia que había acogido la demanda del Sindicato de Profesionales División Radomiro Tomic. La controversia giraba en torno a la interpretación del contrato colectivo del 10 de diciembre de 2020 y la aplicación del artículo 322 del Código del Trabajo sobre la extensión de beneficios a trabajadores no sindicalizados. El tribunal determinó que el contrato sólo obligaba a la empresa a otorgar tres becas de excelencia académica a hijos de socios sindicales y, en caso de extensión, hasta tres becas adicionales bajo las mismas condiciones, siempre que los beneficiarios aceptaran la extensión y pagaran la cuota sindical correspondiente. Se constató que la sentencia impugnada había interpretado erróneamente la normativa, pues no había considerado los requisitos de la extensión de beneficios. En consecuencia, la Corte rechazó la demanda del sindicato y confirmó la obligación de la empresa de respetar los límites establecidos en el convenio colectivo. Cada parte deberá asumir sus costas.