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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Coop…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Cooperación Técnica, ordenando la entrega de información sobre los puntajes asignados a las alternativas de la convocatoria 2024 del programa C.A.E.S., Región del Biobío. Se consideró que se trata de información pública que obra en poder del organismo en el ejercicio de sus funciones, desestimándose las alegaciones de reserva por afectación al debido cumplimiento de las funciones del servicio y privilegio deliberativo, al no acreditarse fehacientemente. El Consejo estimó que la transparencia en los procesos de asignación de recursos implica la actualización y publicación constante de las pautas de evaluación, siguiendo el criterio adoptado en decisiones previas.

Normas citadas

  • Constitución Política de la República
  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOtros

Preguntas frecuentes

¿Puede un organismo público negarse a entregar los puntajes asignados en un proceso de selección de recursos alegando reserva?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y ordenó entregar los puntajes asignados a las alternativas de una convocatoria, al considerar que es información pública. Desestimó las alegaciones de reserva por afectación al cumplimiento de funciones y privilegio deliberativo, porque no se acreditaron fehacientemente.

¿Qué criterio aplica el Consejo para la Transparencia sobre la publicidad de los procesos de asignación de recursos públicos?

En este caso, el Consejo estimó que la transparencia en los procesos de asignación de recursos implica actualizar y publicar de forma constante las pautas de evaluación. Siguió el criterio adoptado en decisiones previas.

¿Cuándo se considera que la información en poder de un servicio público es de carácter público?

En este caso, el Consejo sostuvo que los puntajes son información pública porque obran en poder del Servicio de Cooperación Técnica en el ejercicio de sus funciones. Por ello, ordenó su entrega.

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