Resumen
Doña I.J.P.G. interpuso un recurso de protección contra la Tesorería General de la República y la Tesorería Provincial de Viña del Mar, alegando que el mandamiento de ejecución y embargo de una deuda CAE era ilegal y arbitrario porque la deuda tendría naturaleza contractual y no tributaria. La parte recurrente sostuvo que la Ley N° 20.027 regula de forma especial los mecanismos de cobro y que el procedimiento ejecutivo tributario no era aplicable. La Tesorería respondió que la acción era improcedente y que la deuda correspondía a un crédito fiscal, debiendo seguirse el procedimiento especial de cobranza previsto en los artículos 168 y siguientes del Código Tributario. La Corte, basándose en los artículos 19 y 20 de la Constitución y en el Auto Acordado de la Corte Suprema, determinó que la controversia excede el alcance del recurso de protección y que corresponde resolverla en el procedimiento ordinario. En consecuencia, se rechazó el recurso de protección y se ordenó que el mandamiento de ejecución y embargo quedara sin efecto. La decisión fue pronunciada por la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, integrada por los ministros M.R.L. V., M.A.F. A. y la abogada integrante P.V.P. L.