Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República desestimó la solicitud de un exonerado político…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República desestimó la solicitud de un exonerado político de la antigua Línea Aérea Nacional-Chile, quien pedía que su pensión no contributiva fuera homologada con la de un excompañero que desempeñaba el mismo cargo al momento del cese. El organismo ratificó su dictamen anterior, señalando que la situación previsional del recurrente está regularizada y consolidada, pues su prestación se reliquidó conforme al decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, y que el plazo para solicitar su revisión se encuentra vencido. Además, precisó que los beneficios previsionales se determinan según las circunstancias particulares de cada caso, como los años de servicio, el cargo y la entidad de desvinculación, por lo que el monto de la pensión de otro exempleado no puede considerarse en el cálculo de la jubilación no contributiva.

Normas citadas

  • dfl 338/60 art/132
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un exonerado político de LAN-Chile pedir que su pensión se iguale a la de un excompañero que tenía el mismo cargo?

En este caso, la Contraloría General de la República desestimó la solicitud y ratificó su dictamen anterior, porque la pensión del recurrente ya estaba regularizada y reliquidada conforme al DFL N° 338 de 1960, y el plazo para pedir su revisión estaba vencido. Además, indicó que cada beneficio se determina según las circunstancias particulares, por lo que la pensión de otro exempleado no se puede usar en el cálculo.

¿Se puede calcular la pensión no contributiva de un exonerado político tomando como referencia la de otro exempleado?

La Contraloría sostuvo que no, porque los beneficios previsionales dependen de las circunstancias propias de cada caso, como los años de servicio, el cargo y la entidad de desvinculación. Por eso, el monto de la pensión de otro exempleado no puede considerarse en el cálculo de la jubilación no contributiva.

¿Hasta cuándo puede un exonerado político pedir la revisión de su pensión de reparación ante la Contraloría?

En este caso, la Contraloría resolvió que el plazo para solicitar la revisión de la pensión ya se encontraba vencido, dado que la situación previsional del recurrente estaba regularizada y consolidada. Por ello, ratificó su dictamen anterior y desestimó la petición.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2015 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación previsional de u…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

  • La Contraloría General de la República reconsideró su oficio N° 776, de 2010, que había…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre reclamos de un exonerado polí…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República conoció un reclamo presentado en representación…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exonerado…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.