Resumen
Aduana constata faltante de inventario al practicar control de existencia del usuario de zona franca reclamante; éste alega que el faltante es producto del delito de descrito en el n° 25 del artículo 97° del código tributario; además que se trataría de mercancías ingresadas en su inventario en los años 2008 al 2014, afectadas por mermas del sismo del año 2014; también alega que las mercancías se encontrarían obsoletas por estar vencidas para su uso o consumo (vitaminas); que habría presentado la documentación de “traspaso” en sede administrativa y, finalmente, que la facultad de aduana para fiscalizar estaría prescrita. el tribunal en mérito de los antecedentes presentados ordenó rebajar las mercancías que fueron ingresadas al inventario del reclamante en forma fraudulenta mediante el uso abusivo de la clave del sve, desechando las demás alegaciones por no haberse acreditado su efectividad. transcurridos los plazos de impugnación, ninguna de las partes presentó recurso alguno.