Resumen
La Contraloría General de la República desestimó la solicitud de reconsideración del oficio N° 1.998, de 2014, de la Contraloría Regional de La Araucanía, que rechazó el reclamo de una profesional de la educación por el término de su relación laboral. La interesada alegó la aplicación del artículo 510 del Código del Trabajo, que establece un plazo de prescripción de dos años. Sin embargo, la Contraloría señaló que el artículo 75 de la ley N° 19.070, que regula el Estatuto Docente, contempla una norma especial que otorga a los pedagogos un plazo de 60 días hábiles, contados desde la notificación del cese, para reclamar ante el tribunal laboral o ante la Contraloría. Dado que el reclamo fue presentado fuera de dicho plazo, se consideró extemporáneo, ratificándose el oficio regional y complementándose su contenido.