Resumen
La Corte Suprema, en su Tercera Sala, resolvió el recurso de casación interpuesto por la actora contra la sentencia del Primer Tribunal Ambiental que había rechazado su reclamo contra la Resolución Exenta N°348 de 2025 y la Resolución Exenta N°422 de 2023, las cuales impusieron una multa de 86 Unidades Tributarias Anuales por infracción a la norma de emisión de ruidos. La parte recurrente alegó vicios de apreciación de la prueba, violación del principio de non bis in idem, y falta de celeridad en el procedimiento administrativo sancionador, invocando diversas normas de la Ley N°20.600, Ley N°19.880, Ley N°20.417, entre otras. La Corte analizó los argumentos y consideró que el tribunal de origen no incurrió en infracciones de las normas citadas, que la sanción no constituye una doble imposición y que los plazos de tramitación, aunque extensos, no invalidan la decisión. En consecuencia, se confirmó la sentencia de noviembre de 2025 y se rechazó el recurso de casación. La resolución quedó firmada por los ministros Adelita Ravanales, J.P.M., O.A.G.R., y por el abogado integrante J.V., con la salvedad de que el ministro Ruz no firmó por permiso.