Resumen
La Contraloría General de la República desestimó la solicitud de un exonerado político que pedía revisar un dictamen anterior, por el cual se le denegaron beneficios indemnizatorios por cese de servicios. El recurrente alegaba que el dictamen se basó en datos erróneos aportados por el Instituto de Previsión Social, pero el organismo confirmó que, pese al error documental, el informe previsional correspondía a su situación. Se ratificó que el plazo para solicitar indemnizaciones por el cese, ocurrido en 1981, se encuentra vencido según las reglas de prescripción del Código Civil. Además, se señaló que la Ley N° 19.234, aplicable a exonerados políticos, no contempla una indemnización por años de servicio, por lo que no procede acceder a ella. En consecuencia, se complementó el dictamen N° 26.623, de 2015, en el sentido de desestimar la pretensión.