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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Instituto de Pre…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Instituto de Previsión Social, ordenando la entrega de antecedentes sobre procedimientos de investigación sumaria y reclamo solicitados por la requirente. Se consideró que la información es pública y obra en poder del servicio según sus funciones legales, y que el organismo no perseveró en su alegación de reserva por distracción indebida ni acreditó haber entregado los datos. La entrega deberá realizarse de forma presencial, previa acreditación de identidad, aunque se recomendó al Instituto usar medios alternativos como el correo electrónico. Se apercibió al organismo con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento, que incluyen multas y suspensión del cargo.

Normas citadas

  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 20.584
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Resolución Exenta N° 1130
  • Resolución Exenta N° 540
  • Resolución Exenta N° 096
  • Ley N° 18.575
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un organismo público puede negarse a entregar antecedentes de investigaciones sumarias y reclamos alegando que son reservados?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó la entrega, al considerar que la información es pública y obra en poder del servicio según sus funciones legales. El organismo no sostuvo su alegación de reserva por distracción indebida ni acreditó haber entregado los datos.

¿Cómo debe entregarse la información pública cuando el órgano debe cumplir una orden de amparo al derecho de acceso?

En este caso, la entrega debe hacerse de forma presencial, previa acreditación de identidad, aunque se recomendó al organismo usar medios alternativos como el correo electrónico. El Consejo también apercibió al servicio con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia, que incluyen multas y suspensión del cargo, en caso de incumplimiento.

¿Qué consecuencias tiene para un servicio público no cumplir una resolución del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo apercibió al Instituto de Previsión Social con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento. Estas sanciones incluyen multas y suspensión del cargo.

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