Resumen
La Contraloría General de la República desestimó una solicitud de reconsideración del dictamen N° 31.394, de 2012, relativo a las contrataciones a honorarios para labores de mantención de áreas verdes en la Comuna de Conchalí. El organismo concluyó que, por las características de los programas de emergencia, es factible prestar los servicios mediante honorarios conforme al artículo 4° de la ley N° 18.883, por tratarse de medidas ocasionales y transitorias, no permanentes, con acciones delimitadas y periodos que no exceden los tres meses. Sin embargo, determinó que las funciones de supervisión no pueden ser desempeñadas por personas contratadas a honorarios, pues están reservadas a funcionarios de planta. Además, ordenó al municipio adoptar las medidas pertinentes e informar en 60 días sobre la propuesta pública para mantener las áreas verdes restantes.