Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra Carabineros de Ch…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra Carabineros de Chile y ordenó entregar el número de funcionarios destinados a la Región Metropolitana, con localización por día y a nivel comunal en las fechas consultadas. El Consejo estimó que no se acreditó que esa información general y cuantitativa afectara de forma cierta o probable el cumplimiento de las funciones del órgano o la seguridad nacional, dado que la propia institución ya había informado cifras genéricas en fechas cercanas. Rechazó el amparo respecto de la identidad y grado de los funcionarios en comisión civil, sus instrucciones diarias y sus protocolos de acción, por configurarse las causales de reserva de los números 3 y 5 del artículo 21 de la Ley de Transparencia, en relación con el Código de Justicia Militar. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Se puede pedir a Carabineros el número de funcionarios destinados a una región y su localización por comuna según la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo y ordenó entregar esa información general y cuantitativa, porque no se acreditó que afectara de forma cierta o probable las funciones del órgano o la seguridad nacional. Además, la institución ya había informado cifras genéricas en fechas cercanas.

¿Procede entregar la identidad, grado y protocolos de acción de funcionarios de Carabineros en comisión civil mediante una solicitud de transparencia?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo en esos puntos, por configurarse las causales de reserva de los números 3 y 5 del artículo 21 de la Ley de Transparencia, en relación con el Código de Justicia Militar. Así, no se entregaron la identidad y grado de los funcionarios, sus instrucciones diarias ni sus protocolos.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que resuelve un amparo?

En este caso, el Consejo señaló que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en 15 días corridos desde la notificación. Este plazo es el que indica el propio resumen del documento.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2020 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia conoció un amparo contra Carabineros de Chile, que hab…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

  • El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo presentado contra Carabineros de Chi…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información presentado…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra Carabineros de Ch…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra Carabineros de Ch…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.