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El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra el Servicio Nacion…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra el Servicio Nacional de Aduanas, que solicitaba la entrega de información sobre el resultado de análisis de muestras, incluyendo el perfil lipídico. Se determinó que la publicidad de dicha información comprometería la estrategia judicial del organismo en procedimientos judiciales y administrativos en curso, afectando el debido cumplimiento de sus funciones. La información requerida se consideró de carácter técnico e interno, esencial para respaldar la defensa del Servicio en litigios pendientes, por lo que se configuró la causal de reserva del artículo 21 N° 1 literal a) de la Ley de Transparencia.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Resolución Exenta N° 70
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede un organismo público negarse a entregar información técnica si su publicidad afecta su estrategia en juicios pendientes?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo y sostuvo que la publicidad de los resultados de análisis de muestras comprometía la estrategia judicial y administrativa del Servicio Nacional de Aduanas, configurándose la causal de reserva del artículo 21 N° 1 letra a) de la Ley de Transparencia.

¿Cuándo se configura la causal de reserva por afectación del debido cumplimiento de las funciones de un órgano del Estado?

En este caso, el Consejo consideró que la información era técnica e interna y esencial para la defensa del Servicio en litigios pendientes, por lo que su entrega afectaría el debido cumplimiento de sus funciones y se aplicó la reserva del artículo 21 N° 1 letra a).

¿Se puede acceder a resultados de análisis de laboratorio mediante una solicitud de transparencia en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia no ordenó la entrega de los resultados de análisis de muestras solicitados al Servicio Nacional de Aduanas, porque estimó que su publicidad comprometía litigios en curso y se configuró la causal de reserva del artículo 21 N° 1 letra a).

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