Resumen del criterio jurisprudencial
La Compañía Minera Soledad interpuso recursos de casación en forma y fondo contra la sentencia de 23 de agosto de 2010 de la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual había rechazado su reclamo de derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas. La parte recurrente alegó vicios de ultra petita y cosa juzgada, sustentando que la sentencia se basó erróneamente en la Resolución DGA N° 425 de 2007 y omitió la Resolución DGA N° 186 de 1996. El tribunal de la Corte Suprema analizó los numerales 4°, 5°, 6° y 9° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil y consideró que la decisión de segunda instancia se mantuvo dentro del objeto litigioso y de los fundamentos legales aplicables. Se verificó que la autoridad había respetado el artículo 22 y los artículos 60, 140 y 141 del Código de Aguas al evaluar la disponibilidad del recurso hídrico. En consecuencia, la Corte Suprema declaró inadmisibles los recursos de casación y confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones.