Resumen
La Dirección General de Aguas interpuso recurso de casación en el fondo contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Arica que rechazó su recurso de hecho, manteniendo la inadmisibilidad de la apelación deducida en un juicio sumario sobre regularización de derechos de aprovechamiento de aguas. La DGA alegó que se le consideró indebidamente como un tercero no parte del juicio, vulnerando normas del Código de Aguas y del Código de Procedimiento Civil. La Corte Suprema, al examinar la admisibilidad del recurso, señaló que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil solo permite la casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y ciertas interlocutorias que ponen término al juicio. La resolución que rechaza el recurso de hecho no tiene esa naturaleza, pues resuelve una cuestión accesoria sin poner fin al procedimiento. En consecuencia, el recurso de casación en el fondo fue declarado inadmisible. La decisión se fundó en los artículos 766, 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil.