Resumen
Identificación de los intervinientes: servicio de impuestos internos ix dirección regional con inversiones valentina spa ruc: 20-9- rit: gs-08-00037-2020 normas aplicables: arts. 97 n° 4 y 161 código tributario fecha de la sentencia: 03/ materia: aplicación de sanciones (descargos) submateria: aplicación de multa por registro y utilización de crédito fiscal del iva respaldado en facturas falsas (artículo 97 n° 4, inciso 2° del código tributario) tribunal que dictó la sentencia: tribunal tributario y aduanero región de la araucanía tipo de procedimiento: procedimiento general de aplicación de sanciones servicio recurrido: servicio de impuestos internos resultado de la causa: no ha lugar resumen: la sentencia rechazó los descargos presentados por el abogado marco toledo sandoval en contra del acta de denuncia n°, por cuanto no controvirtió los hechos asentados dicha acta que configuran la infracción del artículo 97 n°4, inciso 2° del código tributario, limitándose a hacer valer circunstancias que atenuarían su responsabilidad y solicitando la aplicación del mínimo de la multa establecida por la ley para el ilícito. igualmente, estimó el sentenciador que la denunciada no aportó ningún antecedente probatorio que demostrara la inexistencia del hecho infraccional, la falta de malicia en el actuar de la contribuyente, la eventual responsabilidad en los hechos del contador de la empresa ni el hecho de haber enterado en arcas fiscales los impuestos defraudados. concluyó el tribunal que la denunciada tuvo una participación material directa en el hecho infraccional y sabía, o no podía menos que saber, cuál era el origen de la factura falsa que se incorporó a su registro auxiliar de compras, señalando que los elementos de prueba acompañados por el servicio de impuestos internos permitían determinar claramente la falsedad de la factura y la voluntad en orden a utilizar dicha documentación para rebajar indebidamente la carga tributaria del impuesto al valor agregado.