Resumen del criterio jurisprudencial
El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) denunció a Banco Itau Corpbanca por no cesar el envío de comunicaciones publicitarias al consumidor Rodrigo Ignacio Vera Lama, quien había solicitado su suspensión a través de la plataforma No Molestar de SERNAC en marzo de 2023. El consumidor siguió recibiendo dichas comunicaciones en abril y mayo de 2023, pese a los avisos de incumplimiento. SERNAC solicitó multas máximas por infracción a los artículos 28 B y 58 de la Ley N° 19.496. El tribunal, tras la audiencia de contestación y prueba, consideró que el banco incurrió en infracción solo respecto al artículo 28 B, que prohíbe el envío de comunicaciones a consumidores que han solicitado su suspensión. Se desestimó la infracción al artículo 58, que establece el deber de profesionalidad del proveedor. En consecuencia, se condenó al banco al pago de una multa de 50 UTM, a beneficio municipal, sin costas.