Para los efectos previstos en el inciso 5º del artículo 162 del Código del Trabajo, el…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2005
Resumen
Para los efectos previstos en el inciso 5º del artículo 162 del Código del Trabajo, el empleador que pone término a la relación laboral de un dependiente a mediados de un mes determinado, sólo se encuentra obligado a acreditar el pago de las cotizaciones previsionales devengadas hasta el último día del mes anterior al del despido y no las correspondientes a los días laborados en el mes que se produce éste.
Normas citadas
Código del Trabajo
Artículo 162 del Código del Trabajo
Ley N° 19.631
D.L. N° 3.500
Artículo 159 del Código del Trabajo
Artículo 19 del D.L. N° 3.500
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.