Libre competenciaAcoge

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) interpuso un requerimiento contra Cadena Comercial…

Sentencia · Tribunal de Defensa de la Libre Competencia · 2025

Resumen

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) interpuso un requerimiento contra Cadena Comercial Andina SpA (CCA) por infringir el artículo 3° bis letra e) del D.L. N° 211 al entregar información falsa en la notificación de la operación de concentración consistente en la adquisición de OK Market S.A. La FNE también imputó la infracción a la letra c) del mismo artículo por incumplir medidas aprobadas en el control de la fusión. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia acogió el requerimiento, declaró la infracción del artículo 3° bis letra e) y condenó a CCA al pago de una multa de 2.898 UTA. En la sentencia se analizaron las pruebas documentales y testimoniales, concluyendo que CCA efectivamente proporcionó información falsa. Se desestimó la excepción de falta de legitimación pasiva. El ministro Rojas emitió una prevención discrepando de un considerando relativo a la ponderación de la gravedad de la conducta.

Normas citadas

  • Artículo 3° bis letra e) del Decreto Ley N° 211
  • Artículo 3° bis letra c) del Decreto Ley N° 211
  • Artículo 1° del Decreto Ley N° 211
  • Artículo 2° del Decreto Ley N° 211
  • Artículo 19 y siguientes del Decreto Ley N° 211
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