Libre competencia

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó un requerimiento ante el Tribunal de Defe…

Sentencia · Tribunal de Defensa de la Libre Competencia · 2025

Resumen

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó un requerimiento ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) contra H.B.B., Banco de Chile S.A., Consorcio Financiero S.A. y Falabella S.A., imputándoles una infracción al artículo 3° del Decreto Ley N° 211 por interlocking horizontal. Se alegó que H.B. participaba simultáneamente como director en empresas competidoras en los mercados bancario, de seguros e intermediación de valores desde el 26 de febrero de 2017. La FNE solicitó declarar la infracción, el cese de la conducta, prohibiciones futuras y multas. Durante el proceso, se alcanzó una conciliación entre la FNE, Falabella S.A. y H.B., poniendo término al juicio respecto a ellos. El tribunal analizó el sentido y alcance de la letra d) del artículo 3°, estableciendo los hechos y las excepciones opuestas por las requeridas. La sentencia incluye una disidencia sobre la interpretación de la norma. Finalmente, el tribunal se pronunció sobre las sanciones y medidas aplicables a los requeridos restantes.

Normas citadas

  • Artículo 3° incisos primero y segundo letra d) del Decreto Ley N° 211
interlocking horizontallibre competenciadirectorios compartidosartículo 3 DL 211ilicitud per seFiscalía Nacional EconómicaTribunal de Defensa de la Libre Competencia

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.