La asignación de mérito contemplada en los artículos 23 y 30 bis de la ley 19.378, debe…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2005
Resumen
La asignación de mérito contemplada en los artículos 23 y 30 bis de la ley 19.378, deberá incluirse en la base cálculo de la indemnización por término de contrato prevista en la leta i) del artículo 48 de la misma ley, atendido el carácter de remuneración que tiene dicho estipendio según los citados artículos 23 y 30 bis, y porque se pagaba mensualmente al trabajador hasta la terminación de los servicios.
Normas citadas
Ley 19.378
Ley 19.607
Código Civil
Artículo 48 de la ley 19.378
Artículo 19 del Código Civil
Artículo 23 de la ley 19.378
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