Resumen del criterio jurisprudencial
El Colegio de la Santísima Trinidad S.A. interpuso reclamación judicial contra la Resolución Exenta PA N°002634 de la Superintendencia de Educación, que confirmó una multa de 65 UTM por infracción menos grave al no aplicar correctamente su reglamento interno y protocolos ante denuncia de connotación sexual entre estudiantes. El colegio alegó que el cargo vulneraba los principios de legalidad y tipicidad, pues el DFL N°2 de 2009 solo exige contar con reglamento interno, no su aplicación práctica, y criticó la interpretación subjetiva del ente fiscalizador. La Superintendencia fundamentó la sanción en hechos como la falta de denuncia escrita, documentación insuficiente, exposición de la alumna afectada en reunión y asignación de tutor 'sombra' que vulneró privacidad de los involucrados. El tribunal revisó las etapas del protocolo y concluyó que el establecimiento incumplió su deber de cuidado institucional frente a hechos de connotación sexual. Se determinó que la protección de la integridad física, psicológica y emocional de los alumnos exigía estricta aplicación documentada de los protocolos. En consecuencia, la Corte de Apelaciones de Concepción rechazó la reclamación, validando el actuar de la Superintendencia como ajustado a la Ley N°20.529 y proporcionado.