Resumen del criterio jurisprudencial
El empresario Rodrigo Valenzuela Aceval interpuso un reclamo contra la resolución del Servicio de Impuestos Internos que le imponía el pago del impuesto territorial del predio rural. En su escrito inicial no indicó el procedimiento incoado, la causal legal que habilita el reclamo ni acompañó la resolución que se pretendía impugnar. El tribunal le otorgó un apercibimiento para subsanar los defectos, pero el demandante no cumplió dentro del plazo y presentó un escrito extemporáneo el 12 de agosto de 2014. Además, el escrito presentado seguía sin contener los requisitos esenciales exigidos por el artículo 125 del Código Tributario. Por tanto, el tribunal declaró la inadmisibilidad del reclamo y lo tuvo por no presentado. Se notificó a la parte reclamante mediante carta certificada y publicación en el sitio web del tribunal.