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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una docente q…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una docente que reclamaba el pago de la indemnización del artículo 2° transitorio de la Ley N° 19.070 (Estatuto Docente). La recurrente ingresó a la Municipalidad de Santiago en 1986 y fue traspasada a la Municipalidad de Recoleta en 1993, manteniendo su vínculo laboral de forma ininterrumpida. El dictamen concluyó que la docente tendría derecho a la indemnización si su contrato cesa por las causales legales, pero aclaró que el tiempo computable para el beneficio es solo el período trabajado en la administración municipal hasta el 1 de julio de 1991, excluyendo su labor previa en el Ministerio de Educación. En consecuencia, ordenó a la Municipalidad de Recoleta revisar el caso e informar a la Contraloría en un plazo de 20 días hábiles, además de instar a la entidad a responder prontamente las solicitudes ciudadanas.

Normas citadas

  • ley 19070 art/2 tran inc/2
  • ley 19010 art/3
  • ctr art/161 inc/1
  • ley 19070 art/72 lt/e
  • ley 19070 art/72 lt/h
  • ley 19070 art/72 lt/j
  • dfl 29/18992/91 INTER art/7
  • ley 19880 art/7
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un docente que fue traspasado de una municipalidad a otra conserva el derecho a la indemnización del artículo 2° transitorio de la Ley 19.070?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que la docente conserva el derecho a la indemnización, pues su vínculo laboral se mantuvo ininterrumpido tras el traspaso entre municipalidades. Ese derecho procede si su contrato cesa por las causales legales.

¿Qué tiempo de servicio se considera para calcular la indemnización del artículo 2° transitorio de la Ley 19.070 en caso de traspaso?

En este caso, la Contraloría precisó que solo se computa el período trabajado en la administración municipal hasta el 1 de julio de 1991. Se excluye la labor previa prestada en el Ministerio de Educación.

¿Qué debe hacer la Contraloría cuando un docente reclama el pago de la indemnización del artículo 2° transitorio y la municipalidad no ha respondido?

En este caso, la Contraloría ordenó a la Municipalidad de Recoleta revisar la situación de la docente e informar en un plazo de 20 días hábiles. También instó a la entidad a responder con prontitud las solicitudes ciudadanas.

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