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Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Yerbas Buenas, ordenando l…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Yerbas Buenas, ordenando la entrega de las grabaciones de las cámaras de tránsito que se encuentran ubicadas en las calles L-275 (Marcial Cáceres) y L25, cercano al Cesfam, con fecha del 22 de mayo y en franja horaria entre 06:30 y 08:30 am. Lo anterior, en consideración de que el organismo requerido cuenta con un sistema de cámaras de vigilancia cuya existencia es conocida por los usuarios, pues se encuentran en la vía pública y a la vista de los transeúntes y automovilistas que ahí circulan, y en consecuencia su expectativa de privacidad se ve reducida. Aplica jurisprudencia contenida en las decisiones, C148- 21, C5562-21 y C6283- 23, entre otras.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.