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Resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo por inf…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

Resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo por infracción a normas de transparencia activa interpuesto contra el Consejo de Defensa del Estado. El reclamante denunciaba eventuales irregularidades en la venta de un inmueble, pero no reclamaba por la falta de completitud o acceso a la información pública obligatoria que los órganos de la Administración deben mantener en sus sitios electrónicos. El Consejo concluyó que la presentación carecía del elemento habilitante para su procedencia, al no existir infracción a los artículos 7° de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento, por lo que acordó por unanimidad declarar inadmisible el reclamo.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Procede un reclamo ante el Consejo para la Transparencia si se denuncian irregularidades en la venta de un inmueble por un organismo público?

En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el reclamo porque el reclamante denunciaba irregularidades en la venta de un inmueble, pero no alegaba falta de completitud o acceso a la información de transparencia activa que deben publicar los órganos de la Administración. Por eso, la presentación no cumplía el requisito habilitante para su procedencia.

¿Qué se considera infracción a la transparencia activa en Chile según el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo sostuvo que no hubo infracción a los artículos 7° de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento, pues el reclamo no cuestionaba la falta de completitud ni el acceso a la información pública obligatoria que los órganos deben mantener en sus sitios electrónicos.

¿Qué pasa si un reclamo ante el Consejo para la Transparencia no identifica una infracción a las normas de transparencia activa?

En este caso, el Consejo acordó por unanimidad declarar inadmisible el reclamo contra el Consejo de Defensa del Estado, al concluir que la presentación carecía del elemento habilitante para su procedencia, al no existir infracción a las normas de transparencia activa invocadas.

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.