Se interpone acción constitucional de protección en contra de una Isapre y la Superinte…
Sentencia · Corte Suprema · 2026
Resumen
Se interpone acción constitucional de protección en contra de una Isapre y la Superintendencia de Salud por el alza unilateral del precio de la prima GES. El recurrente estima que el aumento es desproporcionado e injustificado, vulnerando sus garantías constitucionales de los numerales 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución. La Corte Suprema analiza el artículo 206 del D.F.L. N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud, que regula el procedimiento para fijar la prima GES. Señala que la prima fue determinada mediante un proceso objetivo y fiscalizado por la Superintendencia, en resguardo de los intereses de los afiliados. Concluye que no se advierte un actuar ilegal ni arbitrario de las recurridas, por lo que no hay vulneración de garantías fundamentales. En consecuencia, confirma la sentencia apelada que rechazó la acción de protección, sin costas.
Normas citadas
Art. 206 D.F.L. N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud
Art. 206 bis D.F.L. N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud
Ley N°21.674
Art. 20 Constitución Política de la República
Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia
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