Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato a Concejal por la comuna de Castro, Héctor Mauricio Henríquez Sandoval, reclamó contra la resolución N°G18550 del Director del Servicio Electoral, que aprobó con siete observaciones su cuenta general de ingresos y gastos electorales y autorizó un reembolso por $430.252. Las observaciones N°1 a N°4 se referían a aportes propios en efectivo del candidato por $202.000, que no precisaban la fuente de financiamiento. El candidato acreditó dichos aportes con informes del Servicio de Impuestos Internos, certificados de cotizaciones previsionales y cartola bancaria. La observación N°5 trataba sobre una diferencia entre el máximo reembolsable y el monto solicitado, que el candidato justificó con recursos propios. Las observaciones N°6 y N°7 se referían a gastos no justificados adecuadamente, como servicios de asesoría comunicacional y propaganda. El Tribunal consideró que los antecedentes para las observaciones N°1 a N°5 eran suficientes, pero no para las N°6 y N°7. En consecuencia, acogió parcialmente la reclamación, teniendo por subsanadas solo las primeras cinco observaciones.