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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la valoración de los medios d…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la valoración de los medios de prueba para acreditar la existencia de una relación laboral en el contexto de la ley N° 19.234, que reconoce beneficios a exonerados políticos. El dictamen establece que corresponde a las autoridades competentes, específicamente al Presidente de la República a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, calificar las razones políticas de la desvinculación y otorgar los beneficios, por lo que también le compete formarse la convicción sobre la efectiva vinculación laboral mediante los mecanismos que estime pertinentes. Se indica que los certificados emitidos por exdirigentes de hecho no tienen mérito suficiente por sí solos para probar la relación laboral, debiendo primar los antecedentes del período de la exoneración. Además, se precisa que la modalidad de pago por subrogación o por terceros corresponde a la Superintendencia de Pensiones, conforme a la ley N° 20.255.

Normas citadas

  • ley 19234 art/9 inc/fin
  • ley 19234 art/10
  • ley 20255 art/47
  • ley 20255 art/48
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un certificado emitido por un exdirigente de hecho basta para probar una relación laboral para acceder a beneficios de exonerados políticos?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que los certificados emitidos por exdirigentes de hecho no tienen mérito suficiente por sí solos para acreditar la relación laboral, debiendo primar los antecedentes del período de la exoneración.

¿Quién debe calificar las razones políticas de la desvinculación y otorgar los beneficios de la ley 19.234 para exonerados políticos?

En este caso, la Contraloría General de la República determinó que corresponde al Presidente de la República, a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, calificar las razones políticas de la desvinculación y otorgar los beneficios, así como formarse la convicción sobre la vinculación laboral.

¿Qué organismo es competente para la modalidad de pago por subrogación o por terceros de los beneficios previsionales de exonerados políticos?

En este caso, la Contraloría General de la República precisó que la modalidad de pago por subrogación o por terceros corresponde a la Superintendencia de Pensiones, conforme a la ley N° 20.255.

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