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El recurrente interpuso un recurso de protección alegando la vulneración de su garantía…

Sentencia · Corte Suprema · 2024

Resumen

El recurrente interpuso un recurso de protección alegando la vulneración de su garantía constitucional del artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, debido a que los recurridos le impidieron el acceso a sus pozos de aguas subterráneas mediante el cierre del terreno. El recurrente ostentaba títulos inscritos de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas. Los recurridos no controvirtieron la titularidad del derecho, pero cuestionaron la regularización y buena fe del actor. La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones y acogió el recurso, ordenando a los recurridos abstenerse de cualquier acto material que impida al recurrente el ejercicio de su derecho de aprovechamiento de aguas. Se consideró que existía un título indubitado y que la obstrucción constituía un acto de autotutela lesivo de la garantía constitucional. La decisión se basó en que no existía un litigio pendiente sobre la titularidad de los derechos, sino un juicio de indemnización de perjuicios distinto.

Normas citadas

  • Artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República
  • Artículos 8, 25, 26, 61 y 82 del Código de Aguas
  • Reglamento sobre Exploración y Explotación de Aguas Subterráneas
  • Artículo 20 de la Constitución Política de la República
  • Auto Acordado de la Corte Suprema sobre recurso de protección
aguasCorte Suprema

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