El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un reclamo por infracción a las no…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa contra una municipalidad. Se ordenó al municipio actualizar y publicar en su sitio web información presupuestaria y financiera faltante o desactualizada, incluyendo balances, libros diarios, informes de ejecución presupuestaria y de deuda, estados financieros y pasivos, correspondiente al período entre diciembre de 2023 y abril de 2025. El cumplimiento debe acreditarse en un plazo de 10 días hábiles desde que la resolución quede firme, bajo apercibimiento de multa del 20% al 50% de la remuneración del funcionario responsable, conforme al artículo 47 de la Ley de Transparencia. La decisión fue adoptada por el Consejo Directivo del organismo.
Normas citadas
Resolución Exenta N° 500
Ley N° 20.285
Ley N° 18.575
Ley N° 19.880
D.S. N° 13
D.F.L. N° 1
Resolución Exenta N° 500 de 2022
Artículo 59 de la ley N° 19.880
reclamoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si una municipalidad no publica en su sitio web la información presupuestaria y financiera exigida por la transparencia activa?
En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un reclamo y ordenó al municipio actualizar y publicar la información presupuestaria y financiera faltante o desactualizada. Debe acreditar el cumplimiento en 10 días hábiles desde que la resolución quede firme, bajo apercibimiento de multa al funcionario responsable.
¿Qué información financiera debe publicar un municipio en transparencia activa según el Consejo para la Transparencia?
En este caso, el Consejo ordenó publicar balances, libros diarios, informes de ejecución presupuestaria y de deuda, estados financieros y pasivos del período indicado. Estos documentos debían estar disponibles en el sitio web del municipio.
¿Cuál es la sanción por incumplir una orden del Consejo para la Transparencia de publicar información en transparencia activa?
En este caso, el Consejo advirtió una multa de entre el 20% y el 50% de la remuneración del funcionario responsable, conforme al artículo 47 de la Ley de Transparencia. La multa se aplica si no se acredita el cumplimiento dentro del plazo establecido.
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