AdministrativoAcoge

La Sociedad Agrícola El Porvenir S.A.

Resumen del criterio jurisprudencial

La Sociedad Agrícola El Porvenir S.A. solicitó ante la Dirección General de Aguas la regularización de un derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas en un pozo tipo noria ubicado en su predio 'Fundo Parral y Estancia La Hoyada' en la comuna de Combarbalá. La solicitud se fundó en el artículo 2° transitorio del Código de Aguas, que permite regularizar derechos de quienes venían usando las aguas al 29 de octubre de 1981. Tanto el tribunal de primera instancia como la Corte de Apelaciones de La Serena acogieron la solicitud, declarando regularizado un caudal de 4,0 l/s y un volumen anual de 126.144 m³. Contra este fallo, los terceros coadyuvantes (Canal Algarrobal, Canal La Capilla y Canal Crucitas) dedujeron recurso de casación en el fondo, alegando que la solicitante no cumplía con el requisito de uso personal desde la entrada en vigencia del Código, y que indebidamente se agregaron posesiones anteriores para completar el plazo de cinco años. La Corte Suprema rechazó el recurso de casación, confirmando la regularización. En el fallo hubo un voto disidente que consideró que la agregación de posesiones no era aplicable a la norma transitoria, por lo que debió acogerse el recurso.

aguasCorte Suprema

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.