Resumen del criterio jurisprudencial
La Sociedad Agrícola La Italiana Limitada solicitó la regularización de derechos de aprovechamiento de aguas no inscritos conforme al artículo 2° transitorio del Código de Aguas. La solicitud fue rechazada en primera instancia y confirmada por la Corte de La Serena, exigiendo un uso ininterrumpido desde cinco años antes de la entrada en vigencia del Código. La demandante recurrió de casación en el fondo ante la Corte Suprema, argumentando que debía aplicarse el inciso segundo de dicha norma, que solo requiere uso actual y una presunción de dominio basada en la propiedad del inmueble. La Corte Suprema acogió el recurso, señalando que el inciso segundo es aplicable a derechos no inscritos y que no exige uso continuo desde la fecha de vigencia del Código. Además, consideró que la demandante acreditó el dominio del predio y el uso actual de las aguas, por lo que procedía la regularización. En consecuencia, se revocó la sentencia recurrida y se ordenó acceder a la solicitud de regularización.