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Se acoge el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, orden…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

Se acoge el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, ordenándose la entrega de protocolos de desconexión de ventilación mecánica en unidades de paciente adulto crítico de hospitales acreditados de alta complejidad. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual no consta su remisión a la solicitante, habiéndose desestimado la inexistencia esgrimida por el órgano, conforme al estándar establecido por este Consejo en la Instrucción General N°10. Asimismo, no se alegaron causales de secreto o reserva que justifiquen la denegación. En virtud del principio de divisibilidad, previo a la entrega, el órgano deberá tarjar aquellos datos personales y sensibles de contexto que pudieren estar contenidos en la información, en conformidad a la Ley sobre Protección de la Vida Privada. Se apercibe al órgano con las sanciones previstas en el artículo 46 de la Ley de Transparencia ante la no entrega oportuna.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 2.763
  • Decreto Ley N° 2.763
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un órgano público puede negarse a entregar información alegando que no la tiene si no logra acreditar esa inexistencia?

No. En este caso, el Consejo para la Transparencia desestimó la inexistencia alegada por el órgano, conforme al estándar de su Instrucción General N°10, y acogió el amparo porque no consta la remisión de la información solicitada.

¿Cuándo corresponde ordenar la entrega de protocolos de desconexión de ventilación mecánica en hospitales de alta complejidad?

En este caso, el Consejo ordenó la entrega de esos protocolos al estimar que se trata de información de naturaleza pública y que el órgano no invocó causales de secreto o reserva que justificaran la denegación.

¿Qué debe hacer un órgano antes de entregar documentos que contienen datos personales y sensibles?

En este caso, el Consejo dispuso que, en virtud del principio de divisibilidad, el órgano debe tarjar previamente los datos personales y sensibles de contexto que consten en la información antes de entregarla.

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