Resumen
La Contraloría General de la República ratifica su dictamen N° 47.376, de 2013, en el que concluye que los docentes que cesan en sus funciones por cumplir la edad legal para jubilar, conforme al artículo 72, letra k), de la Ley N° 19.070, no tienen derecho al bono otorgado por la Ley N° 20.305. Ello, porque dicha bonificación exige que el trabajador solicite el beneficio y luego termine su relación laboral dentro de los 12 meses siguientes de alcanzar los 60 o 65 años, según corresponda, mientras que los docentes que se acogen a la citada causal cesan por el solo ministerio de la ley al cumplir dicha edad, sin posibilidad de cumplir con el requisito de renuncia voluntaria posterior. El organismo descarta que esta interpretación sea contraria al espíritu de las normas, ya que la Ley N° 20.305 es posterior a la incorporación de la causal de cese, y el legislador no exceptuó a estos docentes del requisito, a diferencia de lo que hizo con otros trabajadores.