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El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por un solicitante en co…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por un solicitante en contra del Hospital San Juan de Dios de San Fernando, relacionado con información sobre su propia evaluación en procesos de precalificación de los años 2016 y 2017. El tribunal acogió parcialmente el reclamo: tuvo por entregada, aunque de forma extemporánea, la información sobre las precalificaciones del reclamante en los años consultados. Rechazó, en cambio, la entrega del archivo firmado por la junta calificadora de 2017, de las actas de evaluación y sus criterios en 2016 y 2017, y de la resolución que designa a los integrantes de la junta calificadora de 2017, por exceder el tenor literal de la solicitud original. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación, conforme a la Ley de Transparencia.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar información sobre la propia evaluación en procesos de precalificación si la solicitud se respondió fuera de plazo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo y tuvo por entregada, aunque de forma extemporánea, la información sobre las precalificaciones del reclamante en los años consultados.

¿Puede un órgano público negarse a entregar actas de evaluación y criterios de una junta calificadora si la solicitud no los pidió expresamente?

En este caso, el Consejo rechazó la entrega de las actas de evaluación, sus criterios y el archivo firmado por la junta calificadora de 2017, porque exceden el tenor literal de la solicitud original.

¿Cuál es el plazo para presentar un reclamo de ilegalidad contra una decisión del Consejo para la Transparencia?

Según esta resolución, contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación, conforme a la Ley de Transparencia.

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