Resumen del criterio jurisprudencial
CCAF. Crédito Social. Las CCAF deben informar a los deudores que soliciten el pago total de su deuda, la totalidad de lo adeudado, incluidas las cuotas diferidas por efectos de la Ley de protección al empleo N° 21.227, para que la persona interesada conozca su deuda total al momento de solicitar su liquidación y pueda pagarla en forma completa si así lo estima.