Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general tributario acogió el reclamo, dejando sin efecto la actuación reclamada, considerando el reconocimiento del vicio por parte de la reclamada, y que consta que la actuación impugnada se dictó con infracción a lo dispuesto en el artículo 8 bis n°4 letra a) del código tributario, por cuanto adolece de falta de fundamentación, atendido que no indica con precisión los fundamentos fácticos y el razonamiento lógico y jurídico que permita entender el porqué de la modificación del avalúo del inmueble de autos y la fecha de vigencia de esta modificación, falta de motivación que constituye un vicio esencial del acto administrativo que acarrea la ineficacia del mismo.