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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra el Servicio Nacional de Geolog…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra el Servicio Nacional de Geología y Minería, que había denegado el acceso a información sobre la producción de compuestos de litio de la empresa SQM durante el periodo 1996-2020. El órgano reclamado no acreditó las causales de reserva invocadas, ni el secreto estadístico ni una afectación de derechos comerciales o económicos de terceros, ni de los bienes jurídicos del artículo 8° de la Constitución. El Consejo estimó que la información es pública porque se vincula con la función fiscalizadora sobre la operación y el método de explotación autorizados, y que su divulgación permite controlar la actuación de órganos de la Administración del Estado. Se ordenó entregar la información anualizada y desagregada por compuesto, y se representó al director del servicio la infracción del plazo del artículo 20 de la Ley de Transparencia. Una consejera concurrió con voto separado, sosteniendo que la publicidad se justifica porque la información es accesible por otras vías.

Normas citadas

  • Constitución Política de la República
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoGrupos de interés especial; Industria (Productividad)

Preguntas frecuentes

¿Un organismo público puede negar el acceso a información sobre producción de compuestos de litio alegando secreto comercial o estadístico?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que el Servicio Nacional de Geología y Minería no acreditó las causales de reserva invocadas, ni el secreto estadístico ni una afectación de derechos comerciales o económicos de terceros. Por ello acogió el amparo y ordenó entregar la información.

¿La información sobre la explotación de recursos naturales por privados es pública si se relaciona con la fiscalización del Estado?

En este caso, el Consejo estimó que la información es pública porque se vincula con la función fiscalizadora sobre la operación y el método de explotación autorizados. Su divulgación permite controlar la actuación de órganos de la Administración del Estado.

¿Qué consecuencias tiene que un servicio público no responda una solicitud de acceso a información dentro del plazo legal?

En este caso, el Consejo representó al director del servicio la infracción del plazo establecido en el artículo 20 de la Ley de Transparencia. Además, una consejera concurrió con voto separado sosteniendo que la publicidad se justifica porque la información es accesible por otras vías.

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