Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un docente que, en virtud del artículo segundo transitorio de la ley N° 20.501, fue designado como inspector general, pero posteriormente destinado a funciones técnico-pedagógicas de curriculista. El organismo concluyó que dicho destino se ajustó a derecho, pero que el nombramiento original debió regirse por la norma citada y no por el artículo 34 B de la ley N° 19.070. Asimismo, determinó que, pese a la irregularidad en la designación, el docente tiene derecho a percibir la asignación de responsabilidad directiva o técnico-pedagógica, según corresponda, por haber ejercido efectivamente labores superiores, evitando un enriquecimiento sin causa del municipio. En consecuencia, ordenó a la Municipalidad de El Monte rectificar el decreto de nombramiento y acreditar el pago de la asignación, informando a la Contraloría en un plazo de 15 días.